viernes, noviembre 30, 2007

Son lo mejor de Liniers

Corregidor, en la historia de España, funcionario real establecido de forma generalizada por los Reyes Católicos. La figura había existido en la edad media con carácter excepcional o temporal. El corregidor tiene un papel poco preciso en la administración local del Estado, pero ejerce un amplio poder judicial, político y administrativo, que va más allá del marco urbano al que su cargo aparece ligado. Es uno de los más eficaces agentes del autoritarismo regio; en su demarcación, entiende pleitos en primera y segunda instancia, interviene en la designación de diputados a Cortes y preside, con absoluta capacidad de decisión, los ayuntamientos. En el siglo XVIII su jurisdicción entró en cierta competencia con la del intendente, cuyo cargo llevaba anejo el corregimiento de la capital en la que habitaba. A partir de 1766, el corregidor fue competente en materia de justicia y policía, y el intendente en hacienda y guerra. En las colonias españolas, el corregidor era nombrado directamente por el rey de una terna presentada por los virreyes. Sus funciones eran: hacer cumplir las disposiciones e informar de los asuntos de su territorio a reyes y virreyes, atender las obras públicas, cuidar de la seguridad, regular el comercio y la edificación de templos y conventos, y vigilar el buen trato a los indios, entre otros. En el siglo XVI se sustituyeron por los alcaldes mayores, debido a los abusos cometidos por algunos y a su tiránica administración.
Acá no…, en las Provincias Unidas del Río de la Plata (1ra. opción, Art. 35 C. N.), al Corregidor lo elige el pueblo, según los términos de la Sección Segunda,
atento prescripción corriente entre los artículos 87 al 107 de la norma constitucional.- Microsoft ® Encarta
87 al 107 de la norma constitucional.- Microsoft ® Encarta
























107 de la norma constitucional.- Microsoft ® Encarta

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